Reforma legal. Estamos estancados.
El lunes entra en vigor la última reforma de la Ley de Tráfico. Mas que explicar con detalle el alcance de la ley, voy a pasar por alguno de sus contenidos explicando la motivación que la impulsa o aportando una opinión propia.
La modificación legal está siendo informada desde que se publicó la norma, tres meses atrás, como suele ser típico en este tipo de articulados que tratan de modificar conductas. Un plazo de cortesía para la ciudadanía.
Hay una estrategia en materia de seguridad vial liderada por la DGT y finalmente materializada en cambios legislativos. Suele haber bastante consenso entre especialistas y partidos políticos, aunque en este caso el controvertido artículo sobre el adelantamiento con 20 Kms/h de margen ha sido, es y va a resultar, uno de los contenidos más controvertidos y discutibles.
Hay muchos datos e indicadores que demuestran que estamos estancados en la mejora de la siniestralidad vial, echando la vista bien atrás, desde 2014, y en el más corto plazo, a fecha 17 de marzo de 2021, llevamos los mismos fallecimientos en vías interurbanas que en el mismo mes de 2019. Estancamiento.
Infracciones y puntos
Es obvio el éxito que tuvimos en nuestros indicadores con la puesta en marcha de la ley por puntos allá por 2005. La tendencia fue muy favorable y de las mejores de Europa, siendo un país referente en nuestro continente y espejo para los países iberoamericanos que nos suelen seguir habitualmente.
Pero lo que vengo denominando “fatiga de materiales” empezó a darse tras diez años de la innovadora (aunque no dejaba de ser un reflejo de la exitosa norma de nuestros vecinos franceses) ley por puntos.
Por lo tanto, el legislador pretende con la actual reforma insistir en lo que se denomina fiscalización y ser más severo con tres de los aspectos en que los datos nos dicen hay que insistir:
- El móvil
- Adelantamiento a ciclistas
- El cinturón de seguridad, el casco y los sistemas de retención infantil.
Fuente Revista DGT
Además de otros aspectos como el arrojo de objetos peligros y de riesgo cara a incendio o siniestro (aunque la legislación emplea el término accidente).
Conclusión: las conductas que están quedando reflejadas en las estadísticas de siniestralidad, son tratadas con mayor severidad en el reproche social.
Los delitos contra la seguridad del tráfico. Violencia vial.
Si lo anterior tiene que ver con la fiscalización, es muy evidente que necesitamos un poder coercitivo solido en materia de tráfico, dado que la movilidad supone el mayor porcentaje de intervenciones penales por comisión de delitos. Generalmente relacionados con el alcohol y drogas, al tiempo que grandes imprudencias, en muchos casos coexistiendo. Es la denominada violencia vial.
Tiempo atrás vengo comentando que aceptamos la siniestralidad vial como un peaje propio de nuestro modelo de desarrollo económico. Pero deberíamos actuar como con cualquier otro aspecto del ámbito penal. Nos quedamos en la denuncia y visibilidad mediática de algunos comportamientos y poco más.
Necesitamos una certera campaña de acción y penas más severas para la violencia vial. Y garantizar que los condenados por este tipo de delitos no vuelvan a reincidir, que no vuelvan a coger un vehículo si no están reinsertados.
Los vulnerables
Otro aspecto clave de nuestra movilidad es la protección a los vulnerables; en el ámbito urbano, además de los peatones, ciclistas y patinetes van a requerir de un plus de protección, no solo en materia de infracciones, también en la creación y respeto a los espacios propios: el carril bici o su zona de circulación.
Al vulnerable debe protegerse y al mismo tiempo deben auto cuidarse. Sistemas de protección y buenos hábitos de conducción son claves, máxime con los nuevos protagonistas de las ciudades, que bajaron de la acera a la calzada y a los que se imponen más requerimientos de seguridad como el no uso de auriculares o la presencia del 0,0 de alcohol en menores de edad (parere increíble, pero es así, como si en otros ámbitos fuera bueno el consumo de alcohol por menores). Bicis y sobre todo patinetes.
Inhibidores de radares, avisadores y fiscalización.
Y aquí tenemos un dilema. Si los radares están avisados, ¿es necesario que además se lleven inhibidores?, ¿no demuestra un total desprecio por la norma dicho comportamiento? Y esto lo enmarcamos en una sociedad en la que se permite, porque es legal y no digo que no, pero donde tenemos publicidad como esta: “y además te pagan si te retiran el carnet, eso es un chollo”. Pues no, no es un chollo, es una irresponsabilidad enorme.
De poco sirve la fiscalización si aceptamos conductas de este tipo, no solo por los particulares, sino enmarcadas en modelos de negocio.
A propósito de las multas, en el caso de flotas, un conductor profesional o con vehículo de empresa, tiene más respeto al jefe que a la guardia civil, solía decir Pere Navarro. Creo que la administración pública está dejando de lado la gran aportación que podrían ofrecer modelos de negocio y empresas en favor de la seguridad vial.
Pero nos hemos acostumbrado a que se sancionen más multas de radar y por aparcamiento que comportamientos imprudentes. Obviamente es más eficiente la multa a base de foto e imagen, pero cuánto de importante sería si se nos parara más por la vía ante la evidencia de conductas imprudentes, muchas en ciudad.
El controvertido margen de 20 Kms/h al adelantar en carretera
Si el 20/30/50 en ciudad se dirige al “calmado” del tráfico, esta norma pretender evitar adelantamiento y crear una conciencia de menor velocidad en vías interurbanas. El riesgo de fallecer en este tipo de carreteras, las convencionales, es muy superior a las de alta capacidad (autovías).
Con el presente diseño de carreteras convencionales y vehículos que las circulan, es prácticamente imposible ver algún vehículo que circule por debajo de los 90 kms/h. El problema es el exceso de velocidad no el adelantamiento.
Tengo la sensación que las colisiones frontales en este tipo de vías viene más de distracciones, somnolencia o pérdida de facultades psicofísicas que de maniobras de adelantamiento (que también las hay).
Sin duda que, ante una maniobra de adelantamiento, si tienes que superar a un vehículo que circula a 80 Kms/h, por favor, hazlo con la mayor seguridad posible, pero también con la mayor rapidez; y esta segunda característica la aporta la velocidad.
Otros aspectos y contenidos…lo que no suele llegar al público
- Comunicación sobre sistemas de conducción automatizada
- Circulación lo más a la derecha posible, distancia de seguridad…
- Centros de formación y reconocimiento de conductores
- Cesión de datos personales en vías de peaje o con precios públicos
- Control de consumo previo de sustancias ante una conducción profesional
- Uso de dispositivos alcoholímetros anti arranque
- Y otras especificaciones del https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-21006
Como podéis leer, otros aspectos más concretos y algunas maniobras específicas son tratadas en la modificación. Aunque lo más mediático son el aumento de los puntos y los 20 kms/h en adelantamientos.
Esperemos que la ley que entra en vigor con la llegada de la primavera aporte una mejora significativa que necesitamos, porque las cifras no acompañan, aunque por lo que a mi experiencia concierne, creo que hay otras palancas que añadir a la reforma:
- Sensibilización.
- Foco institucional en la gravedad del problema.
- Iniciativa privada de organizaciones empresariales y modelos de negocio conectados a la movilidad.
Feliz domingo
Fernando Cisneros Alejandro