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La asignatura de Educación Vial

Largo y tendido se está hablando estos días sobre la asignatura de educación vial. El pasado dos de marzo se publicaba el Real Decreto 157/2022 por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.

Ante todo remarcar que se trata de una norma que afecta a la enseñanza primaria, estando a la espera de lo que se reglamentariamente se establezca para la secundaria obligatoria (ESO) y los dos cursos de bachillerato.

A partir del curso 2022-2023 veremos materializadas en las clases una vuelta de tuerca a esta materia de excepcional interés para la seguridad de nuestras calles y carreteras.

 

No es asignatura, sí contenido obligatorio.

Es muy importante destacar que no estamos ante una asignatura obligatoria, como se está diciendo en algunos artículos o se puede comentar en algún que otro coloquio. Se trata de unos contenidos por los que deben pasar algunas asignaturas, no todas, lo que da un calificativo de transversal a esta materia.

Según reza el actual artículo 7 (Objetivos), La Educación Primaria contribuirá a desarrollar en los niños y las niñas las capacidades que les permitan… n) Desarrollar hábitos cotidianos de movilidad activa autónoma saludable, fomentando la educación vial y actitudes de respeto que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.

Apenas varían los objetivos de la norma, aunque el punto n), el que afecta a la educación vial, estaba redactado de la siguiente manera hace ocho años (RD 126/2014): Fomentar la educación vial y actitudes de respeto que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.

Es evidente que la diferencia está en el concepto “movilidad activa autónoma saludable”. Volveremos sobre ello.

 

La transversalidad

Es un contenido transversal, por estar así definido por la ley y porque pasa por tres áreas: 

  • Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
  • Educación Física
  • Educación en Valores Cívicos y Éticos, exclusiva del tercer ciclo

Según el ciclo y los saberes correspondientes a cada área, tendremos contenidos más definidos, ahora sí, siento esto el elemento diferenciador respecto de 2014, con más detalle, encontrando descripciones como:

  • Convivencia ecosocial, movilidad segura y prevención
  • Espacios de convivencia. Normas y marcas viales. Movilidad segura, sostenible y saludable
  • Como peatones o usuarios de medios de locomoción
  • Como usuarios de bicicletas
  • Desde la actividad física y deportiva
  • En relaciones sistémicas del individuo con la sociedad y la naturaleza
  • Alcanzando el desarrollo sostenible y ética medioambiental, lo que no podía faltar con la omnipresente Agenda 2030 de nuestros días.

En definitiva, pasamos de una redacción del 2014 (LOMCE), centrada fundamentalmente en el respeto a las normas de tráfico, a unas especificaciones más completas y holísticas en 2022 (LOMLOE), propia de la estrategia política, institucional y de la sociedad civil con la que contamos en seguridad vial, tanto en ámbito nacional como europeo y que denominamos sistema seguro.

Ahora toca a las comunidades, administraciones educativas y centros escolares (planes de estudio), concretar y dar forma a estos contenidos.

 

Del tráfico a la movilidad

La transversalidad que contemplaba la redacción de 2014 no estaba falta del concepto global y sistémico, aunque carecía de la concreción que verbaliza la nueva norma para las áreas (asignaturas).

Decía la anterior norma: En el ámbito de la educación y la seguridad vial, las Administraciones educativas incorporarán elementos curriculares y promoverán acciones para la mejora de la convivencia y la prevención de los accidentes de tráfico, con el fin de que el alumnado conozca sus derechos y deberes como usuario de las vías, en calidad de peatón, viajero y conductor de bicicletas, respete las normas y señales, y se favorezca la convivencia, la tolerancia, la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la empatía con actuaciones adecuadas tendentes a evitar los accidentes de tráfico y sus secuelas. 

La principal diferencia radica, como decía en al principio, en el término movilidad. De hecho, en 2014 no encontrábamos dicha palabra en el texto normativo. Con arreglo al desarrollo de la LOMLOE, la tenemos en trece ocasiones, casi siempre acompañada de las “tres eses”: Segura, Saludable y Sostenible. Y como no, aparece el término patinete, aproximándonos a los actuales paradigmas de movilidad de los entornos urbanos.

 

ESO y Bachillerato

En próximas fechas tendremos una redacción algo similar a lo sucedido con primaria (esperemos) para estas dos etapas de enseñanza.  

Actualmente ya cuentan en ESO y Bachillerato con el cometido dirigido a las Administraciones educativas de incorporar como elemento transversal “La Educación para la seguridad vial”.

La LOMLOE ha mantenido como objetivo para bachillerato el “afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial”, redacción idéntica a la de 2014. En la ESO, sorprendentemente no figura en los objetivos.

No obstante, esperamos el literal del reglamento. 

 

La FP y la universidad

No es la primera vez que hablo de la necesidad de incluir el contenido de seguridad vial en toda etapa formativa. De la misma forma que la ISO 39001 ayuda a la prevención en el mundo de las organizaciones empresariales y la ISO 39002 para los desplazamientos a los centros de trabajo, y también, a los centros educativos.

Puede que sea mucho pedir, pero al menos unas píldoras de concienciación y sensibilización, serían oportunas en este tramo de juventud.  En definitiva la salud, bienestar, conciencia social, valores democráticos, y también seguridad vial, como problema que es (fallecen 1.800 personas al año y se multiplican por cuatro los heridos graves), de alguna manera tiene que estar presente en ámbitos formativos y profesionales.

Para cerrar, una recomendación: interesante charla en radio 5 con Orestes Serrano (FESVIAL) y la subdirectora de Formación y Educación Vial de la DGT, María José Aparicio.

Feliz fin de semana 

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